REVISTA SABERES APUDEP

ISSN L 2644-3805

 

Acceso Abierto. Disponible en:

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Volumen 2 Número 2

Julio-Diciembre 2020

 

Recibido: 10/02/19; Aceptado: 01/06/19 pp. 29-35 


PROCEDIMIENTOS METODOLOGICOS DE NORMAS DE CONTABILIDAD FINANCIERA EN PANAMA


Methodological Procedures for Financial Accounting Standards in Panama


Luis A. Gómez


Universidad de Panamá. Centro Regional Universitario de Colón. Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad. Email: LAGVVI@hotmail.es


RESUMEN


En este artículo analizaremos el grado de conocimiento que tienen contadores públicos autorizados y empresarios con respecto a las Normas Nacionales e Internacionales que rigen la actividad financiera, el desempeño, y los cambios contables de las empresas; para 2018, se realizó un estudio documental y de a empresas de servicio de Colón, Panamá; se aplicó una encuesta, validada por panel de expertos. Los resultados sugieren que los Contadores Públicos tienen dominio de las Normas que rigen la actividad financiera, mientras que 46% (73/158) desconocen el marco legal de las normativas vigentes; sin embargo, atienden las recomendaciones dadas por los especialistas.


PALABRA CLAVE: Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS); IASB, NIIF, CINIIF


ABSTRACT


In this article we will analyze the degree of knowledge that authorized public accountants and entrepreneurs have regarding the National and International Standards that govern the financial activity, performance, and accounting changes of the companies; For 2018, a documentary and service company study was carried out in Colón, Panama; A survey was applied, validated by an expert panel. The results suggest that Public Accountants have mastery of the Rules governing financial activity, while 46% (73/158) are unaware of the legal framework of the

regulations in force; However, they follow the recommendations given by the specialists.


KEYWORDS: International Financial Reporting Standards (IFRS); IASB, IFRS, IFRIC


INTRODUCCIÓN


Desde mediados del siglo pasado, los países latinoamericanos, entre estos, Panamá, han impulsado su desarrollo socioeconómico tomando como base: el Comercio Internacional, la inversión extranjera directa (IED), los flujos de mercado de capitales, las normativas internacionales, códigos de ética y modelos administrativos y contables (Banco Mundial, 2000).

La regulación contable en Panamá se basa en las Normas de Información Financiera (NIIF). Las Normas de información Financiera estructuran la teoría contable estableciendo los límites y condiciones de operación del sistema de información contable. Sirviendo de marco regulador para la emisión de los estados financieros.


Las NIIF (Norma de Información Internacional Financiera), señalan que las empresas que radican en Panamá tienen la obligación de emitir sus estados financieros conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera, y a su vez los auditores externos que revisen esa información financiera deben utilizar las Normas y Procedimientos de Auditoria Internacionales.


Todo ello orientado a la tendencia internacional de contar con procesos globalizados que faciliten al usuario de la información financiera contar con un conjunto único de normas aplicables en cualquier parte del mundo, que permitirán comparar de un país a otro los estados financieros de las empresas sobre una misma base de preparación y presentación (Duran Ortiz, Mejía Hernández y Reyes, 2012; Moreno Fernández, 2002).

La Junta Técnica de Contabilidad con fecha 10 de febrero de 1998 tomó una de las decisiones más trascendentales de su existencia, por medio de la resolución No. 4 de dicha fecha decidió, con la colaboración de las asociaciones miembros, adoptar como propias y de aplicación en la República de Panamá, desde el 1 de enero de 1999, las normas internacionales de contabilidad (IASC) y las normas de auditoría de la Federación Internacional de Contadores (IFAC).

Marco Legales Referentes a las Normas de Contabilidad Financiera en Panamá


Artículo 72 del Código de Comercio de la Ley 2 de 22 agosto 1916, expresa que: el número y la clase de registros contables, así como la forma de llevarlos, quedan al albedrío del comerciante, siempre y cuando se ajusten a las normas de contabilidad aceptadas y de aplicación en la República de Panamá.


Artículo 14 de La Ley 57 de 1 de septiembre de 1978, sobre las funciones, de la Junta Técnica de Contabilidad, , literal b, señala que: el ejercicio profesional debe realizarse dentro del más alto plano técnico y ético, con la colaboración de las asociaciones profesionales.”


Artículo 74, Ley 6 de febrero de 2005, que modifica la ley 57 de 1 de septiembre de 1978, en su artículo 14, sobre las funciones de la Junta Técnica de Contabilidad, agregando el literal i, en la forma siguiente: “Identificar, adoptar, modificar y promulgar, mediante resoluciones, las normas y procedimientos de contabilidad y auditoría que deben aplicar y seguir las empresas, comerciantes y profesionales, así como velar por su fiel cumplimiento.


Ante las continuas modificaciones a las normativas vigentes que regulan la actividad Contable en Panamá, realizamos el siguiente estudio, con el objetivo de describir el grado de conocimiento que tienen empresarios y contadores públicos en el ejercicio de sus actividades


MATERIALES Y MÉTODOS

El estudio contempló una primera etapa documental en la que se compilaron y revisaron artículos en marco de la leyes regulatorias de actividad contable en Panamá, la segunda etapa de campo, se realizó entre los meses de marzo y julio de 2018; en la cual se aplicó un cuestionario de ocho preguntas a 60 contadores y 158 comerciantes de empresas de servicios de Colón. Las preguntas fueron validadas por un grupo a juicio de expertos y las respuestas fueron tabuladas en un cuadro de Excel y agrupadas para su análisis en tablas y gráficos, utilizando estadística descriptiva.

En este caso para la muestra se tomó en cuenta a la empresa y contadores de las empresas ubicadas en el distrito de Colón, que está compuesta 218 empresas de servicios.

El tamaño de muestra se calculó utilizando la siguiente la fórmula propuesta Fernández, 1996. Figura 1


RESULTADOS y DISCUSIÓN

La población entrevistada fue de 501 profesionales, entre contadores y empresarios, de esto seleccionamos una muestra de 218, dando como resultado a 60 contadores y 158 dueños de empresas de servicios, en la que todos ratificaron pertenecer al perfil buscado para el estudio de investigación a realizar.

La Figura 2, demuestra que todos los Contadores encuestados tienen dominio de las Normas Internacionales de Información Financiera, que son de utilidad para la presentación uniforme de la información financiera y que a su vez le ha servido para revelar las transacciones y hechos económicos que afectan a sus empresas. Con relación a los 158 dueños de negocios, 73 indicaron conocer el concepto de las Normas Internacionales de Información Financiera, y 86 señalaron desconocer del tema.


Figura 2 Dominio de conceptos e implicaciones de normativas de actividad Contable


Todos los contadores encuestados indicaron que su actividad contable se enmarca en las normas legales NIIF, mientras que los empresarios, 52 encuestados manifestaron que tienen conocimiento sobre las sanciones que le corresponde ante la ley, a las empresas que incumplan en el uso de las normas.

Figura 3. Actividad Contable al Margen de la Legislaciones vigentes


En base a la figura 4, el 50% de los Contadores encuestados manifestaron que permanente participan en seminarios y capacitaciones que abordan aspectos sobre principios, normativas y registro contable; que estas actualizaciones son planificadas a través de asociaciones de contadores y otros por medio de instituciones estatales.

Figura 5. Participación en actividades de actualización de buenas prácticas para el desarrollo de actividad Contable


CONCLUSIÓN

Este estudio de carácter descriptivo, es un aporte al vacío de conocimiento con respecto al cumplimiento de buenas prácticas contables en empresas de Servicio que existe en la provincia de Colón, Panamá


REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Banco Mundial. (2000). PREM. Grupo de políticas económicas y Grupo de economía para el desarrollo. Disponible en

http://www.bancomundial.org/temas/globalizacion/cuestiones1.htm



Código de Comercio (1916). Ley No.2 de 22 de agosto 1916, por el cual se crea el Código de Comercio en Panamá». Gaceta Oficial (2418).


Durán Ortiz, M., Mejía Hernández, M y Arturo Reyes, A. (2012). Competencias genéricas y profesionales: un enfoque analítico de la licenciatura en

Contaduría. XVII Congreso Internacional de Contaduría Administración e Información. Recuperado dehttp://premio.investiga.fca.unam.mx/docs/ponencias/2012/8.1.pdf Fernandez, P. (1996). Unidad de Epidemiología Clínica y Bioestadística.

Complexo Hospitalario Universitario de A. Coruña. Recuperado de https://www.fisterra.com/mbe/investiga/9muestras/tamano_muestral.pdf


Ley 57 del 1 de septiembre de 1978. Regula la Profesión del Contador Público Autorizado Panamá. Gaceta Oficial N° 18673


Moreno Fernández, J. (2002). Contabilidad superior. México: Instituto Mexicano de Contadores Públicos AC.


Órgano Ejecutivo (1997). «Decreto Ley No.5 (de 2 de julio de 1997) por el cual se modifican y se adicionan algunos artículos del código de comercio con el objeto de modernizar algunas de sus instituciones, se modifica la Ley 1 de 1984 sobre fideicomisos, y se dictan otras disposiciones». Gaeta Oficial.