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El presente artículo tiene como fin analizar el marketing ético empresarial en los procesos de venta frente a la publicidad engañosa, basado en las normas legales de Panamá. La metodología incluida dentro de la investigación posee un enfoque de carácter cualitativo, de índole documental, descriptiva. Los resultados destacados aluden que el anunciante tiene la responsabilidad de asegurarse de que la información proporcionada sea precisa y no engañosa, al igual que no debe ser presentada de una manera que pueda malinterpretarse fácilmente, además implica que la información presentada no solo debe ser precisa, sino también demostrable y verificable cuando sea necesario. La publicidad relativa a ofertas, promociones, rebajas, descuentos, condiciones especiales o circunstancias análogas deberá indicar la duración de estas o el número mínimo de unidades que se ofertan. En caso contrario, el proveedor está obligado a proporcionar a los consumidores que lo soliciten los productos o servicios ofertados en las condiciones señaladas. En conclusión se puede destacar que las normativas resaltan la obligación de los anunciantes de ajustar sus mensajes a la verdad, evitando tergiversaciones que puedan inducir a error o confusión en los consumidores.