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Enviado enero 19, 2022
Publicado 2022-01-04

Artículos

Vol. 5 Núm. 1 (2022): Revista Saberes APUDEP

Recomendaciones para tasar el daño moral en Panamá


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DOI: ND

Publicado: 2022-01-04

Cómo citar

Benitez S., K. I. (2022). Recomendaciones para tasar el daño moral en Panamá. Revista Saberes APUDEP, 5(1), 477–516. Recuperado a partir de https://revistas.up.ac.pa/index.php/saberes_apudep/article/view/2651

Resumen

 

Los predominios socio-económicas y culturales de los países permean en su sistema de justicia. Los países con estructuras sociales audaces han adoptado estructuras jurídicas que promueven la compensación de los daños y perjuicios sufridos por la acción u omisión de otro semejante. En nuestro País es un poco infructuoso identificar la cuantía del daño moral.  El resultado de esto es la conservación del orden social y hacer justicia a lo largo de la historia. No obstante, sabemos que, en los orígenes de nuestro Derecho positivo, la conceptualización de la protección a los bienes e intereses personales no estaban encuadradas de una visión resarcitoria sino punitiva. Con el devenir del tiempo, la visión fue canonizada y aplicaron elementos de vocación moral a la imposición de responsabilidad civil.

Las relaciones entre las personas frecuentemente generan situaciones en las que una o un grupo de ellas, mediante actos propios o actos de personas bajo su tutela, o bajo otras hipótesis, incursionan indebidamente en la esfera de derechos de otra u otras personas ocasionándoles algún tipo de daño.

El derecho civil ha establecido la llamada Responsabilidad Civil con el fin de regular los efectos de ese proceder dañoso por medio de la figura, conocida como Indemnización de Daños y Perjuicios, mediante el cual se determina la obligación de reparar el daño por parte de la o las personas que resultaren responsables.

Los conflictos que implican agresiones ilegítimas a la órbita de derechos particulares con consecuencias dañosas de diversa índole (patrimonial y extra patrimonial), ya sea por procederes ilícitos de tipo penal (delitos y faltas), o civil (delito y falta civil); incumplimiento de obligaciones contractuales o cuasicontractuales; inobservancia de la ley, u otras situaciones diferentes de la tradicional responsabilidad culposa, (como la responsabilidad objetiva). Se reseñan jurisprudencialmente como daño moral.

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