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El concepto de patria potestad, relación parental, responsabilidad parental o deber- función ha sido una noción que ha evolucionado desde diversas perspectivas. Y sigue evolucionando hoy día. En Panamá, el cambio, la variación o transformación real y efectiva inicia con la constitución de 1941, porque se da la eliminación de la clasificación de hijos legítimos e ilegítimos y se permite igualmente la libre investigación de la paternidad. En la exposición de motivos del Código Civil Panameño hay una marcada influencia, con respecto a este tema, del derecho romano, pero con una combinación de la orientación del Código Civil Francés de 1804, que permitía excepcionalmente algunos derechos a la madre. La redacción original del concepto patria potestad se refiere al que el padre y en su defecto la madre adquiere todos los derechos con respecto al ejercicio de la patria potestad o relación parental.