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La resocialización es un punto importante para que el privado de libertad adquiera habilidades y principalmente cambien su forma de pensar y actuar de manera delictiva, como complemento se brinda un recorrido desde el artículo 28 de la Constitución Política de Panamá en donde se establece que se debe de brindar capacitación para su resocialización, se continúa con la Ley 55 del 2003, esta con su artículo 6 que destaca que se debe brinda un adecuado tratamiento de rehabilitación y se culmina con lo que se establece en la Ley 63 de 28 de agosto de 2008 específicamente en el artículo 46 en donde se destaca las funciones del Juez de Cumplimiento con respecto a la resocialización. Con la entrada en vigor del nuevo Sistema Penal Acusatorio este incorpora la figura del Juez de cumplimiento quien es responsable de controlar judicialmente el cumplimiento de la pena en los centros penitenciarios, pero ¿cumple su ideología? Con ello se busca analizar el rol que cumple el Juez de Cumplimiento en la resocialización del privado de libertad para así identificar si se cumple su ideología.