Este artículo explicó la autoría mediata en el Derecho penal panameño. Se analizó el Código Penal de Panamá desde el método exegético de la hermenéutica jurídica, luego se analizaron los principales autores panameños sobre Derecho Penal. También se explicó por qué no hay autoría mediata en los delitos culposos, los delitos de propia mano y los delitos especiales. Para esto, se utilizó técnicas de revisión de fuentes bibliográficas panameñas y de fuentes normativas nacionales. En la misma se llegó a la conclusión, entre otras, que, en Panamá, es autor mediato aquella persona que cometa un delito a través de otro, que muchas veces no es consciente del hecho punible, y si lo es, entonces no se puede autodeterminar con base en esa comprensión.