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Panamá, en el 2020, declina la sede de los Juegos Centroamericanos y del Caribe, luego de un análisis y recomendaciones de los ministerios de Salud y de Economía y Finanzas, en medio de la pandemia por COVID-19. El contrato de las responsabilidades y obligaciones emanadas de los acuerdos alcanzados, genera un gran interés entre las partes contratantes, por los efectos colaterales de los daños que esto podría producir.
El contrato de la Ciudad Anfitriona de los Juegos, objeto de nuestro estudio en el presente trabajo, constituye la esencia de la filosofía olímpica de la antigua Grecia, con las adaptaciones del movimiento olímpico moderno que fundamentalmente, integra a personas físicas y jurídicas dentro de su seno organizativo, limitando la participación de los Estados, en sus relaciones contractuales o de afiliación. En los acuerdos alcanzados con Panamá, se comprometen fondos, bienes y fianzas del Estado, como parte del programa financiero para cumplir con la realización de los Juegos Centroamericanos y del Caribe en el 2022.
La expectación que aquello generó ante los peligros coercitivos que pueden ejercer estas organizaciones deportivas, entre ellos, la marginación de Panamá del ciclo olímpico, nos ha invitado a realizar una reflexión desde lo jurídico para la elocuencia del ciudadano, principal fiscalizador del país.