Este estudio tiene como propósito analizar la facultad del juez de cambiar el elemento normativo de la acusación sin que este cambio genere un estado de indefensión de la persona acusada dentro del proceso penal. La legislación panameña reconoce en el artículo 428 del Código de Procedimiento Penal la necesidad de la congruencia entre la imputación, la acusación y la sentencia resaltando que en ningún caso la base fáctica puede ser cambiada, pero si la normativa, pero con la condición de que el tribunal de juicio advierta el cambio durante la audiencia para que la defensa pueda prepararse adecuadamente en beneficio del acusado. Finalmente, este trabajo resalta la vinculación directa de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el sistema de derecho penal local y específicamente que pese a que el cambio normativo es permitido al momento del juicio tiene que observarse si el cambio normativo modifica la base fáctica de la acusación, lo que da como resultado el estado de indefensión del acusado.