El autor analiza los proyectos de códigos para la Nueva Granada (1853), propuestos por el jurista panameño Justo Arosemena, el Código de organización judicial para el Estado de Panamá (1863), el Código Judicial del Estado Soberano de Panamá (1871) y el Código Judicial de los Estados Unidos de Colombia (1872). Más tarde, el Código Judicial del Estado Soberano de Panamá (1871) fue derogado en 1887 al regir la Regeneración conservadora en Colombia auspiciada por el presidente Rafael Núñez. En 1888, el Congreso adoptó el Código de Organización Judicial de la República de Colombia en reemplazo del Código Judicial de los Estados Unidos de Colombia (1872).