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El delito de violencia doméstica ha sido objeto de numerosas reformas y la más reciente es la Ley 82 de 2013 que introduce la figura del Femicidio y otras conductas violentas contra la mujer como es la violencia psicológica y económica. Con ello, se plantean problemas interpretativos, incongruencias, desde las consecuencias jurídicas, por el exagerado casuismo y en general por una deficiente técnica legislativa. Consecuentemente, se requiere una revisión integral del delito de violencia doméstica siendo lo recomendable que las violencias psicológicas y físicas se ubiquen en el capítulo del delito de lesiones, y a la vez que dentro de ese examen se elimine la configuración de los tipos penales en preferencia exclusiva hacia la mujer, en detrimento de la protección de otro tipo de personas.